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Consideraciones del contrato de alquiler de local

By 16 diciembre, 2014marzo 15th, 2019Noticias, Sin categoría

Las condiciones generales del contrato de alquiler de local son las que marca la Ley de Arrendamientos Urbanos, salvo pacto entre arrendador y arrendatario. En este tipo de contratos debes tener en cuenta que rige la libertad de pacto entre las partes, por lo que los preceptos de la ley, se aplicarán exclusivamente a los asuntos que las partes no hayan acordado en el contrato.

El contrato de alquiler de local deberá incluir tanto la identidad de las partes que celebran el negocio jurídico, es decir, el arrendador y el arrendatario. Incluirá también una descripción del inmueble objeto del contrato, en esta descripción debe figurar su ubicación, dimensiones, condiciones, etc. La forma que rige el contrato debe ser escrita, esto no significa que los contratos verbales no sean válidos, pero la forma escrita ofrece mejores garantías legales. De igual forma, el contrato podrá celebrarse ante fedatario público (notario).

En cuanto a la duración del contrato de alquiler de local, las partes podrán establecer libremente el plazo que estimen oportuno. Hay que tener en cuenta que en muchas ocasiones, el inquilino precisa realizar una inversión en el local para abrir su negocio, y debe contar con el plazo suficiente de disfrute del local para recuperar dicha inversión. Si en el contrato no se especifica el plazo de alquiler, se entiende dicho alquiler del local por el plazo de un año.

Salvo pacto en contrario, la renta a satisfacer tendrá carácter mensual, y se satisfará en los primeros siete días del mes corriente. El lugar para hacer efectivo el pago de la renta será el que las partes acuerden previamente, y el arrendador está obligado a la entrega de un recibo del pago. La renta se actualizará anualmente teniendo en cuenta el IPC.

De igual manera, salvo acuerdo distinto, en la firma del contrato de alquiler de local la parte arrendataria entregará al arrendador una fianza por valor de dos mensualidades. Esta fianza se entrega a modo de garantía por los posibles desperfectos que se produzcan en el local durante su arriendo.

En cuanto a las obras del local, habrá que distinguir entre las obras de conservación, que son responsabilidad del propietario, y las de mejora, que deben contar con al autorización del arrendador y puede suponer diferentes beneficios para el arrendatario en cuanto a la renta.

El contrato de alquiler de local puede extinguirse por voluntad del arrendador si el inquilino no paga la renta, subarrienda sin comunicárselo o realiza obras sin consentimiento. El arrendatario puede extinguir el contrato de alquiler del local si el propietario no realiza las obras de conservación necesarios para el buen disfrute del local. El contrato en sí mismo se extingue si el plazo de duración transcurre y no se renueva, esta extinción puede dar lugar a derechos de indemnización para las partes.
Oscar Fernández Bracho